{"id":1118,"date":"2015-06-10T16:40:39","date_gmt":"2015-06-10T16:40:39","guid":{"rendered":"http:\/\/archivocolmed.colegiomedico.cl\/?page_id=1118"},"modified":"2015-06-10T16:40:39","modified_gmt":"2015-06-10T16:40:39","slug":"declaracion-de-malta-de-la-asociacion-medica-mundial-sobre-las-personas-en-huelga-de-hambre","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/archivocolmed.colegiomedico.cl\/?page_id=1118","title":{"rendered":"Declaraci\u00f3n de Malta de la Asociaci\u00f3n M\u00e9dica Mundial sobre las Personas en Huelga de Hambre"},"content":{"rendered":"<p><strong>Adoptada por la 43\u00aa Asamblea M\u00e9dica Mundial Malta, Noviembre de 1991, y revisada su redacci\u00f3n por la 44\u00aa Asamblea M\u00e9dica Mundial Marbella, Espa\u00f1a, Septiembre de 1992, y revisada por la 57\u00aa Asamblea General de la AMM, Pilanesberg, Sud\u00e1frica, Octubre 2006<\/strong>.<\/p>\n<p><strong>INTRODUCCI\u00d3N<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Las huelgas de hambre se producen en diversos contextos, pero presentan principalmente dilemas en establecimientos donde la gente est\u00e1 detenida (prisiones, c\u00e1rceles y centros de detenci\u00f3n de inmigrantes). A menudo son una forma de protesta de las personas que no tienen otras maneras de dar a conocer sus demandas. Al rechazar los alimentos durante un per\u00edodo importante, por lo general esperan lograr ciertos objetivos con una publicidad negativa para las autoridades. El rechazo de alimentos aparente o por un per\u00edodo corto raramente plantea problemas \u00e9ticos, en cambio un ayuno real y prolongado tiene riesgo de muerte o de da\u00f1os permanentes para las personas en huelga de hambre y puede crear un conflicto de valores para los m\u00e9dicos. Por lo general, estas personas no desean morir, pero algunas pueden estar preparadas para hacerlo con el fin de lograr sus objetivos. El m\u00e9dico necesita comprobar la verdadera intenci\u00f3n de la persona, en especial en huelgas o situaciones colectivas en las que la presi\u00f3n de los pares puede ser un factor. El dilema \u00e9tico se plantea cuando una persona en huelga de hambre, que aparentemente ha dado instrucciones claras de no ser reanimada, alcanza un estado de deterioro cognitivo. El principio de beneficencia insta al m\u00e9dico a reanimarla, pero el respeto de la autonom\u00eda individual le impide intervenir cuando se ha expresado un rechazo v\u00e1lido y formal. Una dificultad m\u00e1s se agrega en los establecimientos de custodia porque no siempre queda claro si la persona en huelga de hambre expres\u00f3 sus instrucciones anticipadas en forma voluntaria y con la informaci\u00f3n apropiada sobre las consecuencias. Estas normas y el documento de informaci\u00f3n abordan dichas situaciones dif\u00edciles.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>PRINCIPIOS<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Deber de actuar de manera \u00e9tica. Todos los m\u00e9dicos est\u00e1n comprometidos con la \u00e9tica m\u00e9dica en su contacto profesional con gente vulnerable, incluso cuando no prescriben una terapia. Cualquiera sea su funci\u00f3n, el m\u00e9dico debe protestar si se produce coerci\u00f3n o maltrato de detenidos y debe tratar de evitarlos.<\/li>\n<li>Respeto de la autonom\u00eda. El m\u00e9dico debe respetar la autonom\u00eda de la persona. Esto puede incluir una evaluaci\u00f3n dif\u00edcil, ya que los deseos reales de la persona en huelga de hambre puede que no sean tan claros como parecen. Toda decisi\u00f3n pierde fuerza moral si se toma involuntariamente bajo amenazas, presi\u00f3n o coerci\u00f3n de los pares. No se debe obligar a las personas en huelga de hambre a ser tratadas si lo rechazan. La alimentaci\u00f3n forzada contra un rechazo informado y voluntario es injustificable. La alimentaci\u00f3n artificial con el consentimiento expl\u00edcito o impl\u00edcito de la persona en huelga de hambre es aceptable \u00e9ticamente y puede evitar que la persona alcance un estado cr\u00edtico.<\/li>\n<li>&#8220;Beneficio&#8221; y &#8220;da\u00f1o&#8221;. El m\u00e9dico debe poner en pr\u00e1ctica sus conocimientos y experiencia para beneficiar a las personas que atiende. Este es el concepto de &#8220;beneficencia&#8221; que se complementa con el de &#8220;no maleficencia&#8221; o Primun non Nocere. Estos dos conceptos necesitan estar equilibrados. &#8220;Beneficio&#8221; incluye el respeto de los deseos de la persona y tambi\u00e9n promover su bienestar. Evitar el &#8220;da\u00f1o&#8221; no s\u00f3lo significa disminuir al m\u00ednimo el da\u00f1o a la salud, sino que tambi\u00e9n no forzar un tratamiento en gente competente ni presionarlos para que terminen el ayuno. La beneficencia no incluye prolongar la vida a cualquier costo, sin respeto de otros valores.<\/li>\n<li>Equilibrio de doble lealtad. El m\u00e9dico que atiende a las personas en huelga de hambre puede experimentar un conflicto entre su lealtad a la autoridad que lo emplea (como la administraci\u00f3n de una prisi\u00f3n) y su lealtad al paciente. El m\u00e9dico con doble lealtad est\u00e1 comprometido con los mismos principios \u00e9ticos que los otros m\u00e9dicos.<\/li>\n<li>Independencia cl\u00ednica. El m\u00e9dico debe permanecer objetivo en sus evaluaciones y no permitir que terceros influyan en su opini\u00f3n m\u00e9dica. No debe permitir que sea presionado para intervenir por razones que no sean cl\u00ednicas o para transgredir los principios \u00e9ticos.<\/li>\n<li>Confidencialidad. El deber de confidencialidad es importante para crear confianza, pero no es absoluto. Puede ser dejado de lado si el hecho de no hacer una revelaci\u00f3n pone en serio peligro a otros. Al igual que otros pacientes, la confidencialidad de la persona en huelga de hambre debe ser respetada, a menos que ella acepte la revelaci\u00f3n o a menos que sea necesario compartir informaci\u00f3n para evitar un da\u00f1o serio. Si la persona acepta, sus parientes y representante legal deben mantenerse informados de la situaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Obtener la confianza. Crear confianza entre el m\u00e9dico y las personas en huelga de hambre con frecuencia es clave para lograr una resoluci\u00f3n en la que ambos respeten los derechos de la persona en huelga de hambre y disminuyan al m\u00ednimo el da\u00f1o. La obtenci\u00f3n de la confianza puede crear oportunidades para solucionar situaciones dif\u00edciles. La confianza depende de que el m\u00e9dico d\u00e9 un consejo apropiado y sea franco con la persona en huelga de hambre sobre lo que \u00e9l puede o no hacer, incluso cuando no pueda garantizar la confidencialidad.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>NORMAS PARA EL TRATO DE LAS PERSONAS EN HUELGA DE HAMBRE<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>El m\u00e9dico debe evaluar la capacidad mental de la persona. Esto incluye controlar que el individuo que quiere ayunar no tenga un deterioro mental que afecte seriamente su juicio. Los individuos que tienen un deterioro grave de su capacidad mental no pueden considerarse como personas en huelga de hambre. Necesitan tratamiento para sus problemas mentales, en lugar de permitirles que ayunen de manera que pongan en peligro su salud.<\/li>\n<li>A la brevedad posible, el m\u00e9dico debe obtener el historial m\u00e9dico preciso y detallado de la persona que desea iniciar una huelga de hambre. Las consecuencias m\u00e9dicas de cualquier condici\u00f3n existente deben ser explicadas a la persona. El m\u00e9dico debe cersiorarse que las personas en huelga de hambre comprenden las posibles consecuencias del ayuno para su salud y advertirles con palabras simples las desventajas. El m\u00e9dico tambi\u00e9n debe explicarles c\u00f3mo se pueden disminuir los da\u00f1os para la salud o retardarlos, por ejemplo, al aumentar el consumo de l\u00edquidos.<\/li>\n<li>Se debe realizar un examen minucioso al comienzo del ayuno. Se debe discutir con la persona en huelga de hambre el manejo de los s\u00edntomas futuros, incluidos los que no est\u00e1n relacionados con el ayuno. Se debe tomar nota de sus valores y deseos sobre c\u00f3mo debe ser atendida en caso de una huelga prolongada.<\/li>\n<li>Algunas veces, las personas en huelga de hambre aceptan una transfusi\u00f3n intravenosa de una soluci\u00f3n salina u otras formas de tratamiento m\u00e9dico. El rechazo de aceptar ciertas intervenciones no debe ir en prejuicio de cualquier otro aspecto de la atenci\u00f3n m\u00e9dica, como el tratamiento de infecciones o del dolor.<\/li>\n<li>El m\u00e9dico debe conversar en privado con la persona en huelga de hambre y fuera del alcance de escucha de otras personas, incluidos otros detenidos. Una comunicaci\u00f3n clara es esencial y cuando sea necesario se debe disponer de int\u00e9rpretes que no est\u00e9n relacionados con las autoridades carcelarias y ellos tambi\u00e9n deben respetar la confidencialidad.<\/li>\n<li>Los m\u00e9dicos deben convercerse de que el rechazo de alimentos o tratamiento es una elecci\u00f3n voluntaria de la persona. Las personas en huelga de hambre deben ser protegidas de la coerci\u00f3n. Con frecuencia, los m\u00e9dicos pueden lograr esto y deben saber que la coerci\u00f3n puede venir del grupo de pares, las autoridades u otros, como los familiares.<\/li>\n<li>Si el m\u00e9dico no puede aceptar por razones de conciencia el rechazo del paciente a tratamiento o alimentaci\u00f3n artificial, el m\u00e9dico debe dejarlo claro al principio y referir a la persona en huelga de hambre a otro m\u00e9dico que pueda aceptar su rechazo.<\/li>\n<li>La comunicaci\u00f3n continua entre el m\u00e9dico y las personas en huelga de hambre es vital. El m\u00e9dico debe cerciorarse a diario si las personas desean continuar con la huelga de hambre y lo que quieren que se haga cuando ya no puedan comunicarse con claridad. Esta informaci\u00f3n debe ser registrada en forma apropiada.<\/li>\n<li>Cuando un m\u00e9dico se hace cargo del caso, la persona en huelga de hambre puede que ya haya perdido su capacidad mental, de modo que no hay oportunidad de discutir sobre su reanimaci\u00f3n o sus deseos. Se deben considerar las instrucciones anticipadas expresadas por la persona en huelga de hambre. El rechazo anticipado de tratamiento exige respeto si refleja el deseo voluntario del individuo cuando est\u00e1 en un estado competente. En los establecimientos de custodia, es necesario considerar la posibilidad que las instrucciones anticipadas hayan sido entregadas bajo presi\u00f3n. Cuando el m\u00e9dico tenga serias dudas sobre las intenciones de la persona, todas las instrucciones deben ser tratadas con mucha cautela. Sin embargo, si las instrucciones anticipadas han sido entregadas con buena informaci\u00f3n y de manera voluntaria, por lo general pueden ser dejadas de lado si son invalidadas porque la situaci\u00f3n en que se tom\u00f3 la decisi\u00f3n ha cambiado radicalmente desde que la persona perdi\u00f3 su competencia.<\/li>\n<li>Si no es posible hablar con la persona y no existen instrucciones anticipadas, el m\u00e9dico debe hacer lo que estime que es mejor para su paciente. Esto significa considerar los valores personales y culturales de la persona en huelga de hambre y tambi\u00e9n su salud f\u00edsica. Si no existe ninguna evidencia de los deseos de la persona, el m\u00e9dico debe decidir si procede o no con la alimentaci\u00f3n, sin interferencia de terceros.<\/li>\n<li>El m\u00e9dico puede considerar, si se justifica, no seguir las instrucciones que rechazan el tratamiento porque, por ejemplo, se piensa que el rechazo fue expresado bajo presi\u00f3n. Si luego de la reanimaci\u00f3n y con sus facultades mentales restablecidas la persona en huelga de hambre insiste en su intenci\u00f3n de ayunar, dicha decisi\u00f3n debe ser respetada. Es \u00e9tico permitir que una persona en huelga de hambre determinada muera en dignidad, en lugar de someterla a repetidas intervenciones contra su voluntad.<\/li>\n<li>La alimentaci\u00f3n artificial puede ser \u00e9ticamente apropiada si una persona en huelga de hambre que est\u00e1 con sus capacidades est\u00e1 de acuerdo con ello. Tambi\u00e9n puede ser aceptable si las personas incompetentes no han dejado instrucciones anticipadas sin presi\u00f3n que la rechacen.<\/li>\n<li>La alimentaci\u00f3n forzada nunca es \u00e9ticamente aceptable. Incluso con la intenci\u00f3n de beneficiar, la alimentaci\u00f3n con amenazas, presi\u00f3n, fuerza o uso de restricci\u00f3n f\u00edsica es una forma de trato inhumano y degradante. Al igual que es inaceptable la alimentaci\u00f3n forzada de algunos detenidos a fin de intimidar o presionar a otras personas en huelgas de hambre para que pongan t\u00e9rmino a su ayuno.<\/li>\n<\/ol>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Adoptada por la 43\u00aa Asamblea M\u00e9dica Mundial Malta, Noviembre de 1991, y revisada su redacci\u00f3n por la 44\u00aa Asamblea M\u00e9dica Mundial Marbella, <\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"parent":1071,"menu_order":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","template":"","meta":{"footnotes":""},"class_list":["post-1118","page","type-page","status-publish","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/archivocolmed.colegiomedico.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/1118","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/archivocolmed.colegiomedico.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/archivocolmed.colegiomedico.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/archivocolmed.colegiomedico.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/archivocolmed.colegiomedico.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=1118"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/archivocolmed.colegiomedico.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/1118\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1119,"href":"https:\/\/archivocolmed.colegiomedico.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/1118\/revisions\/1119"}],"up":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/archivocolmed.colegiomedico.cl\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/1071"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/archivocolmed.colegiomedico.cl\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=1118"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}