Fondo Solidaridad Gremial

Fondo Solidaridad Gremial

Beneficios del FSG

Valor 550  UF.-  Se cancela por una sola vez a los Beneficiarios libremente indicados por el médico causante.  Este derecho es el único que puede impetrarse, desde el mes siguiente que se afilia el médico, inscrito el primer año de recibido.  Para cobrar este beneficio debe presentar Certificado de Defunción del Médico y el Carné de Identidad de los beneficiarios,  el pago se hace a cada beneficiario personalmente a través de documento nominativo.

RESCATE CUOTA MORTUORIA

Este beneficio va orientado a médicos mayores liberados del pago de Fondo de Solidaridad Gremial y Colegio Médico de Chile, en casos calificados por el FSG, tales como enfermedades graves o situación de precariedad económica.

El pago de este se realiza entre el 1 y 10 de cada mes siguiente al cual se solicitó el rescate.

Alternativas de Rescate son:

a.- Retiro Cuota Mortuoria por UF 400: Pago  único.

b.- Retiro Cuota Mortuoria por UF 450: Pagado en 2 años (24 cuotas), 18.75 UF c/u.

c.- Retiro Cuota Mortuoria por UF 500: Pagado en 3 años (36 cuotas),  13.88 UF c/u

d.- Retiro Cuota Mortuoria por UF 550: pagada en 5 años (60 cuotas), 9.16 UF c/u

El monto a solicitar dependerá del número de cotizaciones del afiliado, el cual se puede pagar en un plazo máximo de 36 meses.

Para solicitar este beneficio se debe acudir personalmente a las dependencias del Fondo de Solidaridad Gremial de su Regional y llenar un formulario de solicitud.

Al solicitar y retirar el Préstamo debe ser garantizado con cheques de su cuenta corriente, PAC o PAT, y/o PAGARE NOTARIAL.

 

Las tasas de intereses son las siguientes:

-Tasa 0.5{ee7e87f9e0e73f133bf1bc4058c4ab7bf8ca9a244c464f6fb73806cbfeac9629} mensual hasta $2.000.000.

-Tasa 0.83{ee7e87f9e0e73f133bf1bc4058c4ab7bf8ca9a244c464f6fb73806cbfeac9629} mensual desde $2.000.001 hasta $7.000.000.

-Tasa 1.16{ee7e87f9e0e73f133bf1bc4058c4ab7bf8ca9a244c464f6fb73806cbfeac9629} mensual desde $7.000.001 hasta $10.000.000.

Este beneficio se otorga con receta del médico tratante y boleta o factura de compra a nombre del médico afiliado y siempre que esta sea en moneda y  territorio nacional.

El Tope de la bonificación es de $ 100.000 por audífono.

El plazo para solicitar dicho beneficio es de 90 días máximo al contar de la compra.

Se entregara la bonificación cada 12 meses.

Se otorga a médicos que se encuentren inhabilitados para ejercer su profesión (público o privado), por más de 15 días corridos, Este beneficio puede solicitarse desde 15 hasta 60 días al año por incapacidad laboral el cual se hará efectivo presentando obligatoriamente certificado médico y licencia médica emitida por el profesional  tratante.

En caso que sea por Licencias pre y post natal se considerara el mismo tope de días y se  realizara la bonificación siempre y cuando la madre no tenga registro de haber solicitado el beneficio antes por alguna incapacidad transitoria.

El valor es de $234.656 hasta $880.000, considerando esto de 16 a 60 días tope.

El plazo para solicitar este beneficio es de 90 días máximo al contar desde el primer día de licencia médica.

Se entregara la bonificación cada 12 meses.

Este beneficio es por un  monto de  hasta $ 100.000.-

Se debe solicitar con boleta y receta que indique “tratamiento y nombre del médico o centro de salud” en territorio nacional.

Plazo para solicitar esto es de hasta 90 días desde la fecha de pago que indique la boleta.

Se entregara la bonificación cada 12 meses.

Se solicita con Certificado de nacimiento del hijo/a  con un plazo máximo de 90 días desde el nacimiento.

El valor de la asignación es por  $ 240.000.-, por cada hijo que nazca.

Esto corresponderá  tanto para la madre como para el padre, médicos afiliados al FSG.

Se otorga el beneficio presentando  receta del oftalmólogo y boleta o factura de compra a nombre del médico afiliado, en territorio nacional.

El tope de bonificación es de $ 100.000.

Si no tiene original de la boleta, presentar orden de reembolso de la ISAPRE, o certificado de la Institución que retenga el original.

Plazo para solicitar esto es de hasta 90 días desde la fecha de pago que indique la boleta y/o factura.

Se entregara la bonificación cada 12 meses.

Esta ayuda se otorga al cónyuge viudo/viuda transcurrido un año desde el fallecimiento del Médico afiliado, se realizara una evaluación socio-económica  por una profesional asistente social.

El beneficio deberá ser aprobado por el directorio del Fondo de Solidaridad Gremial.

Atiende gratuitamente a médicos Jubilados, viudas (os) de médicos y a sus cargas familiares. Días lunes y viernes de 11:00 a 13:00 horas, en Esmeralda 678 Santiago Centro, en la Sede del Consejo General.

 

Se otorga presentando certificado del médico tratante y comprobante de compra (factura o boleta) a nombre del médico titular afiliado al FSG, siempre que esta sea en moneda y  territorio nacional.

El tope de la bonificación es de $ 200.000.

Este beneficio será entregado por una sola vez.

PARA HIJOS DE MÉDICOS FALLECIDOS

 

  • Cobertura de Estudios Educación básica, Media y/o Universitaria de Pregrado, sin tope en número de hijos
  • Tope de cobertura de estudios, hasta los 28 años de edad de hijo beneficiario
  • Sin Tope de edad para afiliados, ni preexistencias
  • Cobertura sin exclusiones en caso de fallecimiento y/o inválidez permanente
  • Montos de Cobertura:

 

Educación Básica y Media será de $300.000 por 10 cuotas o mensualidades cuyo pago se debe acreditar con documento emitido por el establecimiento.

Educación Universitaria, Tope arancel Universidad de Chile carrera cursada o similar de acuerdo a criterio del directorio FSG.

Este beneficio corresponde a un aporte que se realizara a becarios, médicos generales de zona y  atención primaria para financiar las siguientes actividades de la cual hayan participado y asistido las cuales serán, cursos, congresos, diplomados, magister, otorgados por universidades del Estado o reconocidas por éste.

Este aporte será el 20{ee7e87f9e0e73f133bf1bc4058c4ab7bf8ca9a244c464f6fb73806cbfeac9629} del valor total con tope de $ 600.000.- de reembolso.

El médico deberá presentar inscripción y/o acreditación a la actividad que realizara y también boleta o factura original del pago ya realizado.

El plazo para solicitar el reembolso será de  un  máximo de 90 días emitido el pago.

Estas solicitudes requieren aprobación previa del directorio del Fondo de Solidaridad Gremial.

Se entregara la bonificación cada 12 meses.

APS, MGZ Y RESIDENTES, tendrán bonificación de un congreso anual con tope de $ 50.000.-

Se otorga con receta y boleta a nombre del afiliado.

El tope de bonificación es de hasta $ 100.000.

Se entregara la bonificación cada 12 meses.

Se entregara a médicos liberados del pago de cuotas del FSG.

¡IMPORTANTE!

  1. Para recibir cualquier beneficio del Fondo de Solidaridad Gremial debe estar al día en las cuotas del Fondo de Solidaridad Gremial y Colegio Médico de Chile;
    Para la obtención de cualquier beneficio del Fondo de Solidaridad Gremial, debe haber cotizado regularmente, a lo menos, los últimos 12 meses, salvo la cuota mortuoria que se cancelará a los 30 días de afiliación, si se ha inscrito durante el primer año de recibido;
  2. Los inscritos después de un año de titulado y aquellos que tengan un periodo impago pueden:
    Cancelar periodo impago
    Acogerse al régimen de los 45 avos (en este caso, beneficio de Cuota Mortuoria será equivalente a tantos 45 avos como años cotizados al momento del fallecimiento)

El Departamento de Solidaridad Gremial y Bienestar es un organismo de colaboración del H. Consejo General, en cumplimiento de los objetivos del Colegio Médico.

De este departamento depende un Fondo que, tal como su nombre lo indica, actúa como un sistema solidario, para lo cual se otorgan diversos beneficios, que sirven para paliar en parte las diversas necesidades de nuestros asociados.

No contentos con lo que estamos otorgando, seguimos estudiando nuevos beneficios, que esperamos implementar en un corto plazo.

Para acceder a los beneficios que otorga el Departamento de Solidaridad Gremial y Bienestar del Colegio Médico de Chile (A.G.) a los médicos asociados y con la idea de evitar errores u omisiones, ponemos en su conocimiento los montos y requisitos exigidos para tal propósito, indicados a continuación.

 

Integrantes de la Comisión Fondo de Solidaridad Gremial

Presidente: Dr. Juan Eurolo M.

Vice-Presidente:  Dr. Inés Guerrero M.

Directores:

Dr. Jaime Sepúlveda  Tesorero General del Colegio Médico.

Sr. José Miguel Bettancourt Siggelkow, Gerente General.

Sr. Adelio Misseroni Raddatz, Abogado Jefe.

Sr. Hugo Bertolotto Norero, Abogado.

 

 

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