Declaración sobre la Participación de Médicos en la Pena Capital

Declaración sobre la Participación de Médicos en la Pena Capital

Adoptada por el Comité Ejecutivo Internacional de Amnesty International el 12 de marzo de 1981.

Recordando: Que la Declaración de Tokyo de la Asociación Médica Mundial establece que “el máximo respeto por la vida debe mantenerse aún bajo amenazas y que no se puede hacer uso de conocimientos médicos contrarios a las leyes humanitarias”.

Y además considerando que: La misma declaración prohíbe la participación de médicos en torturas u otros procedimientos crueles, inhumanos o degradantes.

Tomando nota que: El Secretario de las Naciones Unidas ha afirmado que la pena de muerte viola el derecho a la vida, y que constituye un castigo cruel, inhumano y degradante.

Consciente: Que se puede solicitar a médicos que participen en ejecuciones para, entre otras cosas:

– Determinar adecuado estado físico y mental para la ejecución.
– Dar consejos técnicos.
– Prescribir, preparar, administrar y supervisar dosis de veneno en jurisdicciones en que este método esté en uso.
– Practicar exñamenes médicos durante ejecuciones, de tal forma que la ejecución pueda continuar si el prisionero no está áun muerto.

Declara: Que la participación de médicos en ejecuciones es una violación de ética médica.

Llama: A los médicos a no participar en ejecuciones.

Y llama además: A las organizaciones médicas a que protejan a médicos que rehúsen participar en ejecuciones, y a adoptar resoluciones en tal sentido.

Esta declaración fue formulada por el Médica Advisory Board de Amnesty International.

NO COMMENTS

Leave a Reply