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Comisión de Infancia entrega sugerencias para Reglamento Sanitario de Residencias Sename a la Subsecretaria de Salud Pública  

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El Colegio Médico elaboró un listado de 10 intransables que deben estar presentes en este nuevo estatuto para resguardar la integridad de los menores bajo la tutela del Estado.

 

Esta mañana, el Vicepresidente del Colegio Médico, Dr. Patricio Meza, junto al Presidente de la Comisión de Infancia de la Orden, Dr. Fernando Gónzález, entregaron a la subsecretaria de Salud Pública, Dra. Paula Daza, el documento llamado “Reglamento Sanitario Residencias Sename: Los 10 Intransables de la Comisión de Infancia COLMED”.

 

Este texto detalla los derechos que deben ser respetados y de qué forma; el número recomendado de niños por residencia; su ubicación y recursos humanos; además de la gestión en materias de salud de los niños, niñas y adolescentes que estén en estos recintos.

A continuación, compartimos el texto completo del documento.

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Reglamento Sanitario Residencias Sename: Los 10 Intransables de la Comisión de Infancia COLMED

 

  1. La atención de los NNA, en acogida residencial, tendrá como especial referencia de actuación el estricto respeto a sus derechos, así como a los de sus familias, tomando como ejemplo la Convención de los Derechos del Niño y las distintas leyes, normativas y políticas desarrolladas por el Estado para su protección

 

  1. Las residencias deben garantizar el ejercicio de los derechos de los NNA y sus familias, anteponiendo siempre el interés superior del niño y el tipo de residencia según características y etapa de crecimiento y desarrollo del NNA, respetando sus vínculos saludables (ej hermanos, cuidadores significativos).
  1. Los NNA deben ser derivados preferentemente a residencias cercanas a sus familias y comunidades de origen, que favorezca la continuidad en sus centros educacionales y actividades sociales de su territorio, siempre que esto no interfiera con el interés superior del niño.
  1. Sobre el número de NNA por residencia:
    1. Creemos que debe estar determinada por la capacidad que tenga esta de dar atención, cuidado y afecto a los NNA de manera personalizada, y que permita replicar dinámica de hogar.
  1. Sobre la segmentación por edad:
    1. Las residencias deben acoger a NNA en un ambiente residencial único, en conformidad al curso de vida (es decir no cambiar a los NNA a determinadas edades).
    2. Se debe propender a mantener los hermanos y/o compañeros significativos, independiente de la diferencia de edad, tomando los resguardos necesarios en disposición en dormitorios y espacios de privacidad.
  1. Sobre la especificidad de la residencia:
    1. La residencia debe asegurar la evaluación y seguimiento de los NNA con enfoque en reparación y reinserción, ya sea brindada por personal capacitado de la misma o bien por programas especializados de la red asistencial.
    2. Se debe tener consideración especial para los NNA con alta dependencia de terceros, asociados a situación de discapacidad, ya sea transitoria o permanente, así como de gestantes o madres adolescentes, ya que deben contar con las condiciones y recursos necesarios para dar atención y cuidados específicos.
  1. Sobre la ubicación, instalaciones sanitaria, y seguridad:

      La residencia debe:

  1. Estar situada en núcleos urbanos, con buen acceso y servicios orientados a la comunidad que faciliten la participación e integración, y con accesos inclusivos.
  2. Estar lejos de focos de insalubridad (basurales, descarga de aguas servidas, otros) y sectores de alto riesgo, como torres de alta tensión, contaminación ambiental, focos de delincuencia, narcotráfico u otras.
  3. Contar con suministro de agua potable, proveniente de la red pública,
  4. Tener adecuado manejo de residuos y desechos.
  5. Tener adecuada manipulación y preparación de alimentos.
  6. Identificar elementos que puedan significar un peligro para los NNA, como pozos,terrenos con caídas de altura, enchufes y tomas de corriente.
  1. Sobre los recursos humanos:
    1. No podrán trabajar en estas residencias personas que hayan sido condenadas por delitos graves y/o sexuales.
    2. Deben contar con un equipo interdisciplinario de profesionales, técnicos, administrativos, manipuladores de alimentos, y personal auxiliar que garanticen un adecuado cuidado de los NNA.
    3. La especificidad de los cargos será definida por las necesidades y condiciones de los NNA de cada residencia, siempre contando con las competencias necesarias para dar una atención oportuna y de calidad a sus necesidades de salud.
    4. Se debe poner especial atención a las condiciones laborales de los funcionarios de las residencias (clima laboral, vacaciones compensatorias, estrategias de autocuidado), considerando el alto riesgo de burnout.
  1. Sobre las condiciones de habitabilidad:

      Las residencias deberán contar con:

  1. Instalaciones y espacios de acuerdo al uso cotidiano, curso de vida y necesidades especiales de los NNA, por ejemplo lugares de recreación, deporte, estudio, entre otros.
  2. Dormitorios con un número aceptable de camas y un espacio mínimo entre cada una de ellas. Cada NNA debe tener su propia cama y ser distribuidos considerando la edad y el género.
  3. Baños con un número adecuado de tazas, lavatorios y duchas por NNA; contar con agua fría y caliente. En el caso de ser una residencia mixta, deberá disponer de servicios higiénicos separados para hombres y mujeres. Dichos servicios deberán contar con toalla de secado de manos y elementos mínimos para aseo personal y salud bucal individual.
  4. Iluminación y ventilación adecuada.
  5. Sistemas de calefacción/climatizaciónde acuerdo a estacionalidad,que permita una buena condición de habitabilidad.
  6. Vías de evacuación que permitan la salida fluida en situaciones de emergencia.
  1. Sobre la gestión en materias de salud de los NNA, debe haber un funcionario que actúe como “facilitador” de la articulación con la red asistencial, y que asegure la asistencia a atenciones del primer nivel y acceso a programas de promoción y prevención (inmunizaciones, control sano, ficha CLAP entre otras), como de tratamiento y rehabilitación de niveles secundarios y terciarios de atención.

      Esta persona deberá:

  1. Contar con competencias para dicho cargo.
  2. Asegurar que el personal cumpla con competencias necesarias para el cuidado y atención de NNA.
  3. Articular con la red asistencial
  4. Conocer planes de emergencia de la residencia.
  5. Conocer y ejecutar adecuadamente la administración farmacológica y contención física y/o farmacológica, y como proceder frente a fallecimientos.
  6. Cuidar que los registros de salud de cada NNA sean manejados adecuadamente y estén a disposición del equipo de salud de APS, protegiendo la confidencialidad de la información.
  7. Conocer el plan nutricional individualizado, asesorado por nutricionistas de la
  8. Velar porque todo NNA cuente con ropa de uso personal, de acuerdo a la temporada, limpia y en buen estado, y con sus propios útiles de aseo.
  9. Promover el trabajo intersectorial y la coordinación con sistema educacional, sistemas de protección social y subsistema de protección integral de infancia Chile Crece Contigo.
  10. Promover la inclusión comunitaria con acciones tendientes a fomentar la vinculacion del NNA con su red familiar y comunidad (actividades recreativas, deportivas, culturales, artísticas, etc).
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