El Ministerio de Salud, decidió postergar la entrada en vigencia de la norma que obliga a los médicos a timbrar ante la seremi de Salud respectiva o a través de un sistema electrónico que el Minsal determine, todos los talonarios de recetas retenidas.

De esta forma la entrada en vigencia de la norma, contenida en el D.S. N° 466 de 1984, del Minsal que aprueba el “Reglamento de Farmacias, Droguerías Almacenes Farmacéuticos Botiquines y Depósitos Autorizados”, cuya fecha era el próximo lunes 6 de junio, quedó postergada para el 30 de junio de 2017.

Cabe recordar que el Colegio Médico había señalado públicamente su preocupación por la falta de talonarios para emitir recetas cheque y había advertido que de entrar en vigencia la norma que además obligaba al timbrado de las mismas, se podría generar un colapso en las seremis de Salud y con ello un problema sanitario aún mayor ya que se ponía en peligro los tratamientos de numerosos pacientes.

El decreto en cuestión señala en parte de su articulado que “las recetas impresas deberán estar foliadas, y previo a su uso, timbradas por las seremis de Salud o validadas mediante sistema electrónico que valide el Minsal”.

La modificación al decreto, según se informó en el propio Minsal, ingresó el 30 de mayo a la Contraloría General de la República para su trámite de toma de razón.

VER DECRETO AQUÍ

 

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